El propósito de esta página es proveer un resumen básico de los beneficios de veteranos, militares y sus dependientes en español. La Gerencia de Matrícula provee los costos de educación a a través del siguiente enlace: Costos de Educación. También puede realizar un estimado de costos de educación con la herramienta: Net Price Calculator 2023.


Army Tuition Assistance (TA):

Es la puerta de entrada virtual para todo militar activo elegible, la Guardia Nacional y del Ejército de la Reserva del Ejército para solicitar Asistencia de Matrícula (TA) en línea. Las fuerzas armadas pagan a la universidad el costo de matrícula y cuotas para los cursos aprobados por la agencia federal (hasta 16 créditos por año fiscal).  Permite a los soldados para administrar sus archivos de educación incluyendo clases de la universidad, pruebas, clases de guardia y el apoyo del consejero de Educación en el Ejército.

El estudiante es el que solicita el beneficio a través del portal ArmyIgnitED o con la ayuda de un especialista en Educación del Army, debe recibir la aprobación del oficial especialista en educación.  Pasará por un proceso de verificación de identidad y debe tener una prematrícula para que el oficial certificador de la Oficina del Registraduría que trabaja con Veteranos, Militares y sus dependientes puedan enviar los documentos requeridos por correo electrónico. Cualquier solicitud de documentos para TA debe hacerse a través del correo electrónico veteranos@sangerman.inter.edu al menos dos semanas antes de comenzar las clases. TA no aprobará la ayuda después del comienzo del período académico.  

Cuando obtenga la aprobación de sus cursos, debe enviarla a la Oficina de Recaudaciones a:  recaudaciones@intersg.edu con copia para veteranos@sangerman.inter.edu junto con el formulario aceptación de cargos. El estudiante debe cubrir los costos de las tarifas que no están respaldadas por TA con otras ayudas financieras (Beca Pell, etc.) o con fondos personales. 

Para más información, acceda al enlace provisto, comuníquese con un especialista en Educación del Army o con el Hospital de Veteranos.

El proceso es similar al del Army Tuition Assistance.  Refiera al enlace provisto para más información.


ROTC

Es un programa donde los estudiantes pueden recibir ayuda económica, basada en mérito, a cambio de comisionarse como oficial en el servicio militar.
En la Universidad, puede visitarlos en el Edificio Emilio del Toro, Oficina 307
SFC Gerardo Figueroa (210) 883-5715
CPT Elliott Figueroa (787) 264-1912 x 7595
Horario de Oficina:
Lunes a viernes: 9:00 am -5:00 pm

Nuestros estudiantes utilizan el “GI Bill®” que se divide de la siguiente forma:

La mayoría de los beneficios que provee la Administración de Veteranos incluyen un pago mensual de entre $300 a $1,600. Por una duración de 36 a 46 meses. Si un estudiante deja de asistir a un curso, la Administración de Veteranos puede crear una deuda que se multiplica por los meses que reciba beneficios que no le corresponden.

Para que los estudiantes puedan recibir su pago bajo el “Gi Bill®” la Oficina de Registraduría está encargada de informar a la Administración de Veteranos las matrículas, cambios o bajas de acuerdo a las normas establecidas.

A través del siguiente enlace podrás obtener información actualizada de este beneficio.


A través de este enlace, incluimos un resumen en español sobre el beneficio de estudio “GI BILL®”: DESCRIPCIÓN DE BENEFICIOS PARA MILITARES, VETERANOS Y SUS DEPENDIENTES

Para solicitar, actualizar o verificar el estatus de su beneficio de Veterans Affairs (VA) debe ir a los enlaces a continuación:

La página web le orienta y le guía paso a paso sobre cómo completar la solicitud.  Al concluir, debe imprimir o grabar la captura de pantalla (screenshot) de la página de confirmación.  Puede solicitar asistencia en una oficina local de servicios al veterano o imprimir el formulario que aplique en http://www.va.gov/vaforms/, completarlo, retener copia y enviar a:

VA Regional Office
P.O. Box 8888
Muskogee, OK 74402-8888

El Certificado de Elegibilidad debe recibirlo en un tiempo estimado de 30 días a partir del momento en que reciban su solicitud.  Debe enviar copia del Certificado de Elegibilidad al oficial certificador de VA en el Recinto de San Germán mediante el correo electrónico: veteranos@sangerman.inter.edu

Si ya tiene una matrícula registrada en nuestro sitema, deberá autorizar por escrito al oficial del Recinto para certificar su matrícula del VA.

Deberá confirmarle al oficial certificador si ya tiene una matrícula registrada.  De ser así, deberá autorizar por escrito al oficial certificador a confirmar su matrícula a VA.

CAMBIOS DE INSTITUCIÓN O RECINTO

Si usted ya tiene uno de estos beneficios aprobados y lo estuvo utilizando en otra institución o recinto, debe ir a la página web de solicitud del beneficio https://www.va.gov/education/how-to-apply/ y actualizar el mismo.  Elija “Updating my current education benefits” y actualice sus datos personales, de cuenta de banco y la información del nuevo lugar de estudio, como sigue:

INTER AMERICAN UNIVERSITY OF PUERTO RICO
SAN GERMAN CAMPUS

REGISTRAR’S OFFICE
PO BOX 5100
SAN GERMAN, PR 00683

También puede imprimir el documento VA FORM 22-1995 en http://www.va.gov/vaforms/, completarlo, retener copia y enviarlo a:

VA Regional Office
PO Box 8888
Muskogee, OK 74402-8888

Los centros de estudio, al igual que los programas académicos requieren autorización de la Agencia Aprobadora de Veteranos del Departamento de Educación.  Debe informarse con el (la) certificador(a) oficial de veteranos si la concentración que usted eligió está aprobada para que usted pueda utilizar los beneficios de estudios de la Administración de Veteranos.


Descripción de Solicitudes:

VA Form 22-1990 (Apply for Educational Benefits): Utilizado por militares y veteranos para solicitar beneficios bajo Capítulos 30, 33 y 1606.

Le ayudará a VA, procesar su reclamación si usted envía una copia de los siguientes:

  • DD Form 214 (Member 4) para todos los periodos de servicio activo excepto entrenamiento
  • Si aplica para capítulo 1606 DD Form 2384, Notice of Basic Eligibility (NOBE)
  • Copias de las órdenes si fue activado de la guardia o reservas
  • Si usted califica para un Kicker debe presentar una copia del contrato de Kicker. Contratos de Kicker de reserva deben incluir la cantidad y fecha de vigencia.

VA Form 22-1995 (Request for Change of Program or Place of Training): Utilizado por militares y veteranos con beneficios aprobados bajo Capítulos 30, 33, 1606 y 33 transferido  para cambiar de programa de estudio, Institución Educativa o Recinto.

Form 28-1900 (Disabled Veterans Application for Vocational Rehabilitation Benefits) Utilizado por militares y veteranos con discapacidad para solicitar beneficios bajo Capítulos 31. Una vez que solicité un consejero de VA le enviará una carta para una cita. Este consejero se reunirá con usted para desarrollar un plan de servicios y asistencia.

VA Form 22-1990e-(Application for Family Member to Use Transferred Benefits): Utilice este formulario sólo si usted es un dependiente de un militar elegible para transferir beneficios a sus dependientes. La rama del militar deberá haber aprobado la solicitud de transferencia de beneficios. El militar debe haberle designado por su nombre, el número de meses transferidos, y el período para el cual la transferencia es efectiva.

VA Form 22-5490- (Dependents’ Application For VA Education Benefits) Utilizado por dependientes de veteranos discapacitados o fallecidos, para solicitar beneficios bajo capítulos 35 y 33 (Fry Scholarship)

Le ayudará a VA, procesar su reclamación si usted adjunta documentos suplementarios (por ejemplo, certificado de nacimiento, licencia de matrimonio, DD214, el diploma de superior, etc.)

VA Form 22-5495- (Dependents’ Request for Change of Program or Place of Training) Utilizado por dependientes con beneficios aprobados bajo Capítulos 35 y 33 Fry Scholarship  para cambiar de programa de estudio, Institución Educativa o Recinto.


Responsabilidades como Beneficiario de Veteranos

1. Una vez solicite y le aprueben los beneficios la administración de veteranos emitirá un certificado de elegibilidad. Debe proveer el certificado de elegibilidad al oficial certificador o provisionalmente copia de la solicitud enviada hasta que llegue su certificado mediante el correo electrónico de veteranos@sangerman.inter.edu.

2. El estudiante veterano o beneficiario que interese matricularse en un programa deberá asegurarse con el Oficial Certificador que el mismo está oficialmente aprobado para poder recibir el beneficio.

3. La Administración de Veteranos solamente pagará por los cursos tomados durante el tiempo establecido para cada programa/grado (ejemplo: Grado Asociado 2 años; Bachillerato 4 años, etc.). Debe completar el grado/programa en el tiempo correspondiente, de lo contrario será reportado por no haber cumplido satisfactoriamente.

4. Debe tomar cursos que estén solamente incluidos en el currículo de su grado/programa, para poder recibir los beneficios. Solamente se certificarán los cursos que pertenecen al grado/programa y concentración al cual está clasificado.

5. Si es de transferencia de otra institución educativa deberá proveer  transcripción de créditos de todas las instituciones en que haya estudiado previamente para que estas sean evaluadas y convalidadas, durante el proceso de admisión y antes de ser certificado. No es opcional si el estudiante desea que le convaliden algún curso; para recibir los beneficios de VA es obligatorio proveer transcripciones de créditos.

6. Deberá  informar al Certificador Oficial cualquier cambio en su programa. Algunos ejemplos de cambios son:

  • Cambios de información de contacto.
  • De programa, grado, o concentación de estudios. Estos se comunican antes de solicitarlo.
  • Si usted solicita una baja, no asiste a clases o abandona uno o más cursos.
  • Si registró una matrícula combinada. Esto conlleva pasos adicionales para certificar su matrícula.

Es deber del Certificador Oficial informar a la Administración de Veteranos cual fue el último día de asistencia al curso, para que el Oficial Certificador pueda reportar dentro del tiempo estipulado y según las regulaciones federales (30 DÍAS) a la Administración de Veteranos: aumento o reducción en # de créditos debido a bajas oficiales, bajas administrativas, notas asignadas por ausencias a cursos, etc.  El no hacerlo conllevará a que el Oficial Certificador no podrá realizar los ajustes necesarios a tiempo, según exigen las regulaciones federales, lo que a su vez podrá afectar directamente el pago de su beneficio incluyendo la creación de deudas con la Administración de Veteranos. Una vez usted incurre en una deuda, y de no pagarla,  es usted totalmente responsable de las consecuencias futuras.

7. Siempre que se produce un exceso de pago en la cuenta de un estudiante, ya sea porque el estudiante se dio de baja de algún curso o dejó de asistir, la Administración de Veteranos puede tomar las siguientes acciones:

  • Añadir cargos por intereses y gastos de cobros de la deuda
  • Retener los beneficios futuros para aplicarlos a la deuda
  • Referir la deuda a una agencia de cobro privada
  • Presentar una demanda en un tribunal federal para cobrar la deuda
  • Retener la aprobación de la garantía de un préstamo por Veterano
  • Perjudicar negativamente su historial crediticio
  • Utilizar una fuente garantizada de cobro disponible, como, retener cierta cantidad de su salario de una agencia federal/estata
  • Referir su deuda al Departamento del Tesoro si se considera que tiene una deuda delincuente porque no responde a las solicitudes de pago
  • Cobrar la deuda del reembolso federal de ingresos (federal income tax refund)

8. El procesar sus documentos por el Oficial de Veteranos puede conllevar tiempo, por lo que debe someter sus documentos a la mayor brevedad posible para no afectar el recibo de su beneficio.

9. El Oficial Certificador solo certificara a la Administración de Veteranos matriculas oficiales de acuerdo a las normas de la Universidad. Para evitar afectar el recibo de su beneficio debe cumplir con los procesos y notificar inmediatamente cuando complete los procesos.


Otros Beneficios para Militares, Veteranos y sus Dependientes

  • Ley 203 Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño: En instituciones privadas aplica a los estudiantes universitarios veteranos que agotaren o que estuvieren próximos a agotar sus beneficios bajo el  GiBill. No aplica a dependientes.
  • Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional “FIGNA”: El programa para dependientes provee asistencia para pagos de gastos educacionales a miembros activos, cónyuges y sus descendientes. Para la lista completa de requisitos y más información visite la página http://www.figna.gobierno.pr o comuníquese al (787) 731- 3633.
  • Ley Núm. 109 del año 2003: Ley que regula las relaciones contractuales entre los estudiantes militares de educación post-secundaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las instituciones superiores de enseñanza.
  • Programa de Becas Regimiento 65 de Infantería para hijos (as) de veteranos (as): Visite la página www.opv.gobierno.pr o comuníquese al (787) 758-5760.

Herramientas:

GI Bill® Ask a question tool: https://www.benefits.va.gov/gibill/contact_us.asp
GI Bill® comparison tool:
http://department-of-veterans-affairs.github.io/gi-bill-comparison-tool/
“Rate tables” http://www.benefits.va.gov/gibill/resources/benefits_resources/rate_tables.asp
Transcripciones militares: https://jst.doded.mil/

Horario y Contacto:

Servicio de lunes a viernes de 8:10 am – 11:50 am y 1:00 – 4:50 pm
Email: veteranos@sangerman.inter.edu
Teléfono: (787) 264-1912 ext.: 7228

GI Bill® es una marca registrada del Departamento de Asuntos de Veteranos de EE. UU. (VA). 
Más información sobre los beneficios educativos ofrecidos por VA está disponible en el sitio web oficial del gobierno de los EE. UU . En 
Benefits.va.gov/gibill

Referencia de Información Institucional:
https://www.inter.edu/servicios-a-militares-veteranos-y-sus-dependientes/